Muñoz enmarcó el debate en la Directiva 2019/1937 y su transposición por la Ley 2/2023, que sitúa la contratación pública entre las materias protegidas y crea la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.). Señaló también la importancia de las experiencias autonómicas previas como referencias operativas para la implementación del nuevo marco. 

     Sobre Castilla-La Mancha, explicó que la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/2024 encomienda al Consejo ejercer, en el ámbito autonómico, funciones análogas a las previstas por la Ley 2/2023, centradas en: 

      -    Gestión del canal externo de comunicaciones.
      -    Protección de las personas informantes.
      -    Promoción y fomento de la cultura de la integridad.

      Para dar respuesta a esa encomienda, el Consejo ha reforzado su capacidad con la incorporación de personal estable y cualificado para asegurar la continuidad técnica y la capacidad operativa necesarias para el triaje, la custodia documental y la gestión diligente del canal externo, dotando así de capital humano la operativa que exige una respuesta pública fiable y sostenida en el tiempo. 

     Muñoz subrayó el alcance y límites de la protección: la Ley 2/2023 ampara un amplio catálogo de conductas (contratación pública, blanqueo, protección del medio ambiente, salud pública, competencia, etc.) y extiende expresamente su objeto a hechos susceptibles de constituir infracción penal, infracciones administrativas graves o muy graves, y conductas que supongan quebranto económico para la Hacienda Pública o la Seguridad Social. No están protegidas reclamaciones estrictamente civiles o mercantiles entre particulares, denuncias de manifiesta mala fe, rumores sin verosimilitud o conflictos personales aislados. 

   Asimismo, reclamó la necesidad de coordinación operativa entre la A.A.I. estatal, las autoridades autonómicas y los órganos sectoriales para evitar solapamientos y garantizar una gestión ágil y respetuosa con las garantías procesales y de protección de datos. 

     Insistió en que el informante no requiere conocimientos jurídicos: basta relatar hechos concretos y aportar o indicar elementos de prueba; la autoridad realizará el triaje jurídico y decidirá las actuaciones oportunas. 

     Cerró con un mensaje institucional: el objetivo no es sancionar por sistema, sino incorporar la integridad como práctica cotidiana y protegida, poniendo las instituciones al servicio del interés general.