Qué Hacemos
Las funciones del Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha vienen recogidas en el artículo 63 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
- Adoptar criterios de interpretación uniforme de las obligaciones establecidas en la presente ley y formular recomendaciones para su mejor cumplimiento.
- Aprobar y remitir en el primer trimestre de cada año a las Cortes y Gobierno Regional un plan de trabajo anual y una memoria sobre su actividad.
- Informar preceptivamente los proyectos normativos del Gobierno Regional en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Resolver las reclamaciones contra las resoluciones en materia de acceso a la información pública, con carácter previo a su impugnación en la jurisdicción contencioso-administrativo.
- Resolver las consultas que se formulen en materia de transparencia y buen gobierno.
- Promover e impulsar campañas de divulgación de las materias propias de su competencia.
- Ejercer el control sobre la publicidad activa.
- Instar a los órganos competentes para ello la incoación de los expedientes disciplinarios o sancionadores, en los términos previstos en la Ley.
- Colaborar con órganos de naturaleza análoga.
- Aquellas otras que le atribuyan otras disposiciones de rango legal o reglamentario.